24 años
ejerciendo la abogacía en prácticamente todas sus áreas,
pero principalmente civil y penal para empresas de seguros y ante los tribunales,
me llevaron hace unos cuantos años al convencimiento de que, por
una serie de razones, la vía pacífica para la resolución
de los desencuentros y conflictos entre empresas a través de La Mediación
habría de ser expuesta en nuestra tierra y habría de cuajar.
Y tales razones, por resumir, eran y son las siguientes:
• Las dimensiones
habituales, entre el pequeño y la mediano tamaño;
• La estructura,
en muchos casos familiar;
• La idiosincrasia
pactista y pragmática; y
• El carácter
emprendedor,
que, en mi opinión,
constituyen un campo de juego excelente para que
cuaje
la Mediación Empresarial, pues su utilización:
El método de resolución de conflictos a través de la mediación está cada vez más extendido en muchas áreas; en España, por ejemplo, aun no existiendo una Ley ad hoc, sí la hay en alguna comunidad autónoma y se está empezando a aplicar, si bien aún no en el ámbito empresarial, para la que no están diseñadas, por lo cual estamos ante un ámbito alegal, muy semejante a la situación de Internet. Y con idénticas posibilidades de expansión.
En mi opinión, el uso, o no, del Método en el mundo de las relaciones comerciales es una cuestión de prueba: en los EE.UU. es un método muy extendido, sobre el cual, y sus resultados, se puede obtener mucha información.
Es
muy importante que nadie se llame a engaño respecto de este método,
porque no se trata de que requiera una especial buena voluntad de acuerdo
entre las empresas que se someten a la mediación (lo que sería
profundamente ingenuo), sino de que las premisas del ahorro en los honorarios
y el control directo del proceso sean los argumentos que decidan a su empresa
a servirse de la Mediación, pero esto es algo que en una conferencia
será abordado en más profundidad.
- permite tener en todo momento las riendas del litigio en las propias manos, sin tener que acudir a la opinión de un tercero (los tribunales o un árbitro);
- permite acercarse a las razones del otro y, de ese modo, no deteriorar una relación comercial que, una vez acercadas posturas, podría seguir siendo satisfactoria y rentable;
- permite ahorrar en términos económicos, no en balde el mediador cobra por horas como consultor-consejero, sin tener que acudir a letrado y procurador;
- permite ahorrar en términos energéticos, pues es sabido que mantener frentes de conflicto abiertos supone un desgaste y una ocupación contabilizables.